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Trámites · 14 ago 2026

Certificación de Supervivencia desde el Exterior

Si vive fuera del país y recibe su pago en una cuenta en el exterior, debe certificar su supervivencia dos veces al año.

Certificación de Supervivencia desde el Exterior

Los afiliados que se encuentran fuera del país y tienen registrada una cuenta bancaria en el exterior deben certificar su supervivencia dos (2) veces al año para mantener al día el pago de su prestación social.

La publicación explica el paso a paso según cada caso.